Art. 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4º. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.
El Congreso, aprobó la declaración de bien de utilidad pública y expropiación de Aerolíneas Argentinas S.A., Austral Líneas Aéreas-Cielos del Sur S.A., Optar S.A., además de todas las empresas pertenecientes al paquete de privatización que encabezó ARSA.
El proyecto fue aprobado por 42 votos a favor y 22 votos en contra. Incluido en el mismo están la valoración de 2500 millones de pesos de patrimonio neto negativo evaluado por la Auditoría General de la Nación (a través del Tribunal de Tasación) - lo que no aclara, sin embargo, es qué pasará con los pasivos de la empresa.
Para que Aerolíneas vuelva a ser del Estado, sólo resta que la ley quede promulgada en el Boletín Oficial, además de la declaración de la estatización mediante un decreto de la presidencia de la Nación.
Marsans va al CIADI
Reclamando por una "confiscación" y un "trato injusto e inequitativo", los dueños del grupo turístico español Marsans, declararon que iniciarán una demanda en contra del Gobierno argentino por una suma aproximada a los u$s 1 mil millones (un mil millones de dólares estadounidenses) ante el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), organismo con sede en Washington D.C. y dependiente del Banco Mundial.
Un avión ex Aerolíneas/Austral - hoy, desmantelado. Foto: Gastón Doval
En la primera foto, se puede ver claramente el estado del 737-200Adv registrado para Air Comet Chile/Aerolíneas del Sur como CC-CSK (ex LV-WSY). Ese avión, como el ex CC-CSW (ex LV-ZTI), fueron parte del "capital inicial" de la filial chilena de la española Air Comet. Ambos aviones fueron operados por Aerolíneas Argentinas/Austral, y pagados durante los primeros meses por ARSA para uso de Aerolíneas del Sur/Air Comet Chile. El avión CC-CSW, para su suerte, fue reclamado/embargado por el Gobierno Argentino al ser reclamada su devolución por la gerencia de ARSA encabezada por Julio Alak.
Una prueba del constante uso y abuso de los activos e imágen de Aerolíneas Argentinas. Foto: Gastón Doval
La foto muestra un viejo stand que pertenecía a Aerolíneas Argentinas para la venta de pasajes. Hoy, un remanente de la experiencia del Grupo Marsans en Chile desgastando la imágen de Aerolíneas Argentinas, usándola para vender sus propios productos, sin invertir un sólo peso. Está claro, el Cóndor en la puerta lo muestra. ¿Qué disputa sobre inversiones quiere arreglar Marsans? ¿Hubo alguna vez alguna?
Michael Barnett, Director Regional de Marketing para Latinoamérica de Boeing Commercial Aircraft aclaró con una exactitud asombrosa el proyecto de Marsans para Aerolíneas Argentinas. Durante la gestión Marsans, Aerolíneas Argentinas nunca fue el "Main Carrier" que siempre fue, si no que fue una "aerolínea feeder" de los productos de Marsans.
Ya se autorizó el paso de Aerolíneas al Estado. Sólo resta por ver, qué cara tendrán sus viejos dueños.
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